Semana 28/40 “las Reglas de la Democracia” Lunes 31 al 4 de septiembre de 2015
INDICADORES:
Reconocer: “Herramientas
para la formación política y electoral”
Comprender: Las reglas de juego de la
democracia, tiene como finalidad
Facilitar: que se identifique y conozca el funcionamiento de las reglas de
juego básicas de la democracia
1. Todos los ciudadanos que hayan alcanzado
la mayoría de edad, sin distinción de raza, religión, condición económica,
sexo, deben gozar de los derechos políticos, es decir, cada uno debe gozar del
derecho de expresar su propia opinión o de elegir quien la expresará por él;
2. El voto de todos los ciudadanos debe tener
un peso igual;
3. Todos aquéllos que gozan de los derechos
políticos deben ser libres de poder votar según su propia opinión formada en la
manera más libre posible, es decir, en una libre competencia entre grupos
políticos organizados en competición entre sí;
4. Deben ser libres también en el sentido de
que deben estar colocados en condiciones para escoger entre soluciones
diversas, esto es, entre partidos que tengan programas diferentes y
alternativos
5. Tanto para las elecciones como para las
decisiones colectivas debe valer la regla de la mayoría numérica, en el sentido
de que se considere electo el candidato, o se considere válida la decisión, que
obtiene el mayor número de votos; y
6. Ninguna decisión tomada por mayoría debe
limitar los derechos de la minoría, particularmente el derecho a convertirse, a
su vez, en mayoría en paridad de condiciones
2. EL PRIMER PAR DE REGLAS DEL JUEGO, POR ASÍ DECIRLO,
«traduce» a términos normativos el principio de la igualdad democrática. Desde
los tiempos antiguos a los modernos, la categoría de igualdad define la
naturaleza de la democracia y la contrapone a las formas de gobierno no
democráticas. Es casi superfluo agregar que me re- fiero no a la igualdad en
general sino, específicamente, a la igualdad política, o sea a la concerniente
al poder de (participación en la) decisión colectiva. Las condiciones de la
igualdad democrática –esto es, las condiciones bajo las cuales puede
considerarse propiamente democrática una determinada forma de la igualdad–
establecidas por las primeras dos reglas corresponden a las dos dimensiones en
las que Bobbio invita a articular conceptualmente cualquier problema de
igualdad, respondiendo a las preguntas «quiénes son los iguales» y «en qué son
iguales”
3. LA SEGUNDA REGLA PRECISA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD democrática,
estableciendo una condición de equivalencia: «el voto de todos los ciudadanos
debe tener igual peso». Obsérvese: «pesar» no equivale a «contar» o a «ser
contado». Los votos deben tener igual incidencia en la formación de la
representación política, lo que significa que deben ser tratados como iguales
no sólo al comienzo del proceso electoral, cuando cada elector deposita en la
urna una y sólo una papeleta idéntica a la de cualquiera (una cabeza, un voto);
sino que también al final del proceso mismo, cuando los votos se transforman en
escaños mediante alguno de los conjuntos de reglas técnicas que llamamos
sistemas electorales. De ahí se sigue que cuando se adopta un sistema electoral
que funciona como un mecanismo que distribuye pesos desiguales a los votos
individuales, se contraviene una de las condiciones de la democracia.
4. EL SEGUNDO PAR DE REGLAS CONCIERNE al fundamento de la
democracia, que para Bobbio reside en el individuo concebido como sujeto capaz
de libre elección política. Naturalmente, no existen reglas que puedan «crear»
al individuo libre, que es, dice Bobbio, una figura ideal, incluso un ideal
límite. Pero con determinadas reglas se pueden instaurar las circunstancias en
las cuales la elección política individual puede plausiblemente considerarse
libre: en otras palabras, las condiciones de libertad pueden considerarse
satisfechas cuando están presentes las 12 circunstancias en las que el
individuo tiene la posibilidad sujetiva y la oportunidad objetiva de decidir
libremente, si es capaz de hacerlo
5. CON LA CUARTA REGLA, BOBBIO PRECISA las condiciones de
libertad del juego democrático por lo que concierne al objeto de la elección
política de los ciudadanos: elección que es verdaderamente tal sólo si existe
la posibilidad objetiva de «elegir entre soluciones diversas, es decir entre
partidos que tengan programas diversos y alternativos». Una elección con lista
única y bloqueada no es democrática precisamente porque una elección obligada
no es libre y una elección no libre no es una elección. Pero más allá de este
caso límite, se pueden hacer otras consideraciones para valorar si, y en qué
grado y medida, esta específica condición de la democracia –la condición del
pluralismo propiamente político– resulta hoy satisfecha
6. LA QUINTA EN EL LISTADO DE BOBBIO ES LA REGLA DE LA MAYORÍA, siempre incluida,
junto a la primera o a las dos primeras, en todos los elencos bobbianos de
reglas del juego, incluso en los «ultramí- nimos». Procedimiento rey de la
democracia, pues, aunque Bobbio no pierde ocasión de advertir que no es «el
único», es decir, que no hay que identificar democracia y principio
mayoritario. En la visión de Bobbio, el respeto del principio de la mayoría es
una condición de eficiencia de la democracia, ya que permite llegar más
fácilmente a la decisión colectiva frente al contraste o a la simple heterogeneidad
de la multitud de opiniones individuales. Como es sabido, Bobbio toma
distancias de la tesis de Kelsen, que justificaba la regla de la mayoría con el
argumento axiológico, según el cual aquélla permitiría la mejor aproximación
posible a un régimen de perfecta autonomía, en el que las decisiones colectivas
deberían resultar de acuerdo con la voluntad de todos los individuos asociados
7. ESTA REGLA CONCLUSIVA –una verdadera regla de clausura– no
se asemeja a las otras: no es una regla procedimental, no concierne a la forma
sino al contenido de las decisiones. Bobbio es perfectamente consciente de
ello. Basta leer el siguiente comentario del autor: «todas estas reglas
establecen cómo se debe llegar a la decisión política, no qué cosa se deba decidir.
Desde el punto de vista de qué, el conjunto de reglas del juego democrático no
establecen nada salvo la exclusión de las decisiones que en cualquier modo
contribuirían a convertir en vanas una o varias reglas del juego». Podemos
entonces considerar esta última regla como una condición de salvaguardia o de
supervivencia de la democracia: el respeto de esta regla es indispensable para
que se pueda seguir jugando al mismo juego
8. RESUMIENDO, LA PRIMERA REGLA plantea una condición
de igualdad como inclusividad: todos los ciudadanos pasivos, sometidos a la
obligación política de obedecer a las normas de la colectividad, deben ser
ciudadanos activos, titulares del derecho-poder de participar, ante todo con el
voto electoral, en el proceso de formación de las decisiones colectivas, sin
discriminaciones. La segunda regla plantea una condición de igualdad como
equivalencia: los votos de todos los ciudadanos deben tener el mismo peso,
ninguno debe contar más o menos que otro. La tercera regla plantea una condición
de libertad subjetiva: la opinión política de cada individuo debe poder
formarse libremente, sin condicionamientos que la distorsionen, lo que exige,
como mínimo, que se garantice el pluralismo de los medios y en los medios de
información y persuasión. La cuarta regla plantea una condición de libertad
objetiva: los ciudadanos deben poder elegir entre propuestas y programas
políticos efectivamente diversos entre sí, dentro de una gama de alternativas
suficientemente amplia como para permitir a cada uno el poder identificarse con
una orientación política específica; y esto exige, al menos, que el pluralismo
de partidos, asociaciones y movimientos políticos
Como una simple condición de eficiencia de la
democracia? Y finalmente: frente a las violaciones reiteradas y extendidas de
los derechos fundamentales, ante todo de los derechos sociales, pero también de
los derechos de libertad, por parte de los mismos gobiernos de las democracias
reales en las más recientes estaciones políticas; y frente a las alteraciones
de la separación de los poderes institucionales, y a la confusión entre los
poderes sociales, ¿en dónde quedan las condiciones para la supervivencia de la
democracia planteadas por la sexta regla? Como puede verse, el análisis de un
catálogo de reglas simplísimas, casi obvias en su enunciación, permite llegar a
formular un rico y complejo elenco de cuestiones fundamentales para la
supervivencia de la democracia.
La república parlamentaria
(1891-1925)
Luego de
la derrota de José Manuel Balmaceda en la guerra civil de 1891, se impuso en el
país un régimen político parlamentario hasta 1925. El establecimiento del
parlamentarismo no significó reformar la Constitución de 1833 para instaurar un
gobierno del tipo inglés.
Luego
de la derrota de José Manuel
Balmaceda en la Guerra Civil
de 1891, se impuso en el país un régimen político parlamentario, sistema que
perduró hasta 1925. El establecimiento del parlamentarismo no significó reformar
la Constitución
de 1833 para instaurar un
gobierno del tipo inglés, sino que, por el contrario, sólo bastó interpretarla
de manera parlamentaria, limitando y disminuyendo el poder del Primer
Mandatario a niveles figurativos y otorgando facultades ejecutivas a los partidos
políticos representados en el
Congreso. Si bien el Presidente de la República podía designar a sus ministros
libremente, estos debían rendir cuenta de sus actos ante el Senado y la Cámara
de Diputados, en las llamadas interpelaciones. Sin embargo, como las mayorías
políticas en el Congreso cambiaban con cierta
frecuencia, se producía una rápida rotativa ministerial. Así, los sietes
gobiernos de la época tuvieron, en promedio, 15 gabinetes que no duraron más de
cuatro meses cada uno, debido a las prácticas parlamentaria
Ejercicios de Origen del Parlamentarismo
1. ¿Hasta dónde se rastrea los
orígenes del parlamentarismo?
A. Hasta Inglaterra en los siglos XVII y XVIII
B. Hasta Europa en el siglo XV
C. Hasta Francia en los siglos XI y XII
D. Hasta Inglaterra en los siglos XI y XII.
2. ¿Qué formaban los nobles y el alto clero en Inglaterra en los siglos XI
y XII?
A. El Gran Consejo del Rey.
B. La Asamblea Nacional
C. Las altas magistraturas
D. Ninguna de las opciones es correcta
3. ¿Qué sucedió hacia el siglo XIII?
A. El ingreso de la incipiente burguesía al “Gran Consejo del Rey”.
B. La prohibición del ingresos de la burguesía al “Gran Consejo del Rey”
C. El ingreso de la representación campesina al “Gran Consejo del Rey”
D. La expulsión del Alto Clero del “Gran Consejo del Rey”
4. ¿Por qué se permitió el ingreso de la burguesía a la cámara?
A. Eran necesarios porque proveían de hombres para el ejercito
B. Eran necesarios porque así el clero tenía un aliado contra la nobleza
C. Eran necesarios para la negociación y establecimiento de los impuestos.
D. Eran necesarios porque así la nobleza tenía un aliado contra el clero
5. ¿Qué rey permitió el ingreso de la burguesía y el bajo clero a la
Cámara?
A. Eduardo II
B. Eduardo I.
C. Enrique VIII
D. Enrique I
Democracia Directa y Democracia Indirecta
Se dice que existe
una democracia directa o pura cuando son los mismos
ciudadanos, sin intermediación de representantes, participan directamente en la
toma de decisiones de carácter político a través del voto directo. En la
democracia directa, se lleva a cabo ciertos mecanismos por medio del cual el
pueblo participa de manera continua en el ejercicio directo de poder, como en
el caso de la participación ciudadana, plebiscito, referéndum, iniciativa
popular, entre otros. La democracia directa es el modelo original
de la democracia, practicado por los atenienses, en la Antigüedad. Hoy en día,
la podemos encontrar en forma de
asambleas vecinales o ciudadanas, así como en referendos de nivel local o
nacional.
Democracia representativa o
indirecta
La democracia representativa, también llamada
indirecta, es aquella donde los ciudadanos ejercen el poder político a través
de sus representantes, elegidos mediante el voto, en elecciones libres y
periódicas. De este modo, el ejercicio de los poderes del Estado y la toma de
decisiones deberá expresar la voluntad política que los ciudadanos han
hecho recaer sobre sus dirigentes. No obstante, la democracia representativa es
el sistema mayormente practicado en el mundo, como por ejemplo: México, por
ejemplo. Por otro lado, las democracias liberales, como la de Estados Unidos,
suelen funcionar dentro del sistema representativo.
Democracia participativa
La democracia participativa es un modelo de
organización política que otorga a los ciudadanos una mayor, más activa y más
directa, capacidad de intervención e influencia en la toma de decisiones de
carácter público. La democracia participativa incorpora activamente al ciudadano
en la vigilancia y control de la aplicación de las políticas públicas, procura
que los ciudadanos estén organizados y preparados para proponer iniciativas o
para expresarse a favor o en contra de una medida, y no limita su papel dentro
del sistema democrático al ejercicio del voto, tal como no se observa en
Venezuela
Ejercicio de Democracia Directa y Democracia Indirecta
video
1. ¿Cuál es el tema que trata el video?
A. Los sistemas de gobiernos democráticos y no democráticos
B. Los tipos de democracias: puras e impuras
C. Los tipos de democracias: directas o indirectas y los sistemas de
gobierno que adoptan.
D. Los tipos de democracias: liberales o conservadoras y los sistemas de
gobierno que adoptan
2. ¿Cuáles son los
tipos de democracias?
A. La democracia directa o pura y la democracias representativa o indirecta.
B. La democracia pura donde existe un régimen plebiscitario y las
democracias impuras donde existe un régimen autoritario
C. La democracia liberal o la democracia conservadora
D. Ninguna de las opciones es correcta
3. En una democracia directa ¿Dónde reside el poder?
A. En el pueblo pero es cedido ya que es el pueblo el que elige a sus
representantes a través del sufragio universal
B. En el pueblo, ya que la soberanía es ejercida por éste sin necesidad de
elegir representantes que los gobiernen.
C. En la constitución y fuerzas públicas del orden
D. En el pueblo, ya que este elige a las fuerzas públicas del orden
4. ¿Cómo se ejerce el poder en las democracias directas?
A. A través del sufragio universal a través
B. A través de peticiones reales al soberano
C. A través de asambleas, iniciativas ciudadanas o referendos.
D. Ninguna de las opciones es correcta
5. ¿En qué país existe una democracia directa o pura?
A. En Argentina
B. En Suiza
C. En Inglaterra
D. En Estados Unidos de América
RESUELVA EL
SIGUIENTE CUESTIONARIO
1.
¿Cuáles son las reglas de mayoría?
2.
¿en qué consisten las reglas del consenso?
3.
¿Cuáles son las reglas de la Minoría?
4.
¿en que consisten las reglas de la competencia?
5.
¿Cuáles son las reglas del control?
6.
¿Cuáles son las reglas de la legalidad?
7.
¿En qué consisten las reglas de la responsabilidad?
8.
¿Cuáles son los valores de la democracia?
9.
¿Quién fue Norberto Bobbio?
10. ¿Por qué fue importante Hans
Kelsen?
11. ¿Quién fue José Manuel Emiliano
Balmaceda Fernández?
RECUERDE DEBE OPINAR-SOLUCIONAR-CONCLUIR ADEMAS
INSERTAR GRÁFICAS-PRESENTAR LA SIGUIENTE ACTIVIDAD EN EL CUADERNO
No hay comentarios:
Publicar un comentario